Mientras en las grandes ciudades se impulsa la
Ilustración y la Revolución Industrial, la fisonomía de la
Sierra de Segura permanece casi inmutable con una estructura
de supervivencia basada
en la agricultura y la ganadería,
con un sistema de
gestión muy anticuado.
La
mayoría de la población activa
se dedica a la ganadería y
a las labores del campo principalmente
a la recolección
de la aceituna, cereales, forrajeras
y almendro. Los jornaleros
ocupan el 70% de las
actividades, con lo que la
mayor parte de la población
sólo tiene como propiedad la fuerza de su trabajo.
En el
censo de Jaén consta que de cada cinco hombres que
trabajaban la tierra cuatro eran jornaleros. Y aunque la
agricultura andaluza era muy productiva, el problema estaba
en la apropiación y la distribución de los beneficios
que, debido a un largo proceso histórico, estaban en manos
de la Iglesia, la Corona, la Nobleza y los
Ayuntamientos.
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Existía también un grupo de arrendatarios
que siempre sacaba beneficio,
tanto si subía el precio del trigo como
si subía la renta. Luego están los
pequeños propietarios
con una propiedad
escasa para satisfacer
sus necesidades. Y en el último eslabón, los
braceros y jornaleros, sobre los que recae el peso de la
explotación. El salario no le da para las necesidades mínimas
y tiene que recurrir a actividades sancionadas, como
el espigueo, la rebusca o el hurto de frutas.
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En el siglo XVIII la economía de la madera sufre graves
daños al proclamarse la comarca de Segura
Provincia Marítima, por decreto
de 31 de
enero de
1748, que
durará hasta 1836. A partir de entonces desaparece el régimen del Común
y comienza una explotación privada e indiscriminada del
monte, sobre el que se ejercerá una transformación, a todos
los niveles. Desde principio del XVIII la Sierra de Segura se convierte
en el principal abastecedor
de madera, para todas las necesidades
civiles o militares,
de todo el país. |
La explotación a gran escala
comienza con la construcción
de la Real Fábrica de Tabacos de Sevilla, actual
Sede de la Universidad Hispalense. La madera de Segura está cerca y es barata.
A partir de 1733 grandes cantidades de madera se conducen
hasta Sevilla bajo la administración del Real
Negociado de Madera, dependiente del Ministerio de
Hacienda.
Al mismo tiempo,
los ingenieros navales se
dan cuenta de que esta madera
sí es eficaz para la
construcción de barcos de
guerra. Entre el Ministerio
de Hacienda y el de Marina
provocaron un enorme perjuicio
en los montes, ya que
su explotación fue indiscriminada
e irracional hasta el
punto de que, en un siglo,
se llegan cortar 280 millones
de árboles.
ORDENANZAS DE 1748
Las Ordenanzas de 1748,
firmadas por Fernando VI, quieren poner fin al expolio
que se estaba cometiendo con los montes de Segura y
asegurar una racional administración de la madera. ¿Significa esto, como dice Cobo de Guzmán, que las
Ordenanzas de 1580 fueron papel mojado?.
Lo que sí está claro es que en el momento
en que la madera es considerada
como material valioso, en cualquier época y bajo cualquier gobierno,
su explotación fue siempre
abusiva.Esto, aparte, todas
las Ordenanzas contienen un
espíritu encomiable para el cuidado
y la protección de nuestros
montes, y el disfrute de susbeneficios.
Transcribimos la ordenanza nº XXV: “El caudal,
que cada lugar sacare de la venta de leñas, se depositará,
con noticia de los Intendentes de Marina y
Comisarios de Partidos, para convertirse en aumento de
los plantíos comunes, o en la paga de tributos, censos y
otros gravámenes concejiles, para cuya satisfacción no
tengan otros propios, o arbitrios legítimos; y cuando estén
desempeñados, podrá convertirse
en obras públicas, y precisas, para conveniencia
de los mismo lugares, proveyendo
los Ministros de Marina, que hicieren
las visitas, los Autos convenientes
a que tengan cumplimiento esta
disposición.”
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O la número XXVI: “La bellota
y hoja de los árboles comunes, y
realengos ha de ser partible entre los
vecinos de los lugares de cuya jurisdicción
sean los montes, sin gravamen no
contribución alguna,
aunque las Dehesas
me pertenezcan en
propiedad, guardándose
en esto las
Constituciones, reglas
y costumbres de los
mismos lugares en
cuanto no sean de más
preferencia, ni distinción
para unos, que para
otros.”
O esta otra
(XXIX): “Siendo las demás
maderas gastables
en los Arsenales de
menos consumo que
los robles: Declaro,
que cada haya, alcornoque,
arrasca, encina, álamo blanco o negro,
se deberán pagar cuatro
reales de vellón,
tanto de los pies que
se cortaren por mi
cuenta, como por los
de los asentistas y los
particulares, que con
permiso se valieren de
los árboles para construcción
de sus embarcaciones, deberán satisfacer doble
precio, dejando del mismo modo, a beneficio de los
pueblos, la leña menuda y ramaje que no sirviere para la
construcción.”
O la XXX: “Porque la absoluta prohibición
de cortar maderas y árboles podía ser perjudicial a mis
vasallos, faltándoles el material necesario para la fábrica
y reparación de sus casas, para molinos y otras cosas de
preciso consumo de maderas,
cuya falta deseo no experimenten:
los Intendentes mandarán a
sus Subdelegados que permitan
la corta de árboles que hubieren
menester, precediendo a ella
que el particular o comunidad
que necesite madera, la pida
por escrito al Subdelegado, declarando
qué porción y el fin para
que la necesita.”
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